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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 y el «Bono Alquiler Joven».
Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025
Tiene como finalidad fomentar y apoyar el alquiler y también facilitar el acceso a la compra de vivienda para residencia habitual a las personas con menos ingresos. Concretamente, presta especial atención a las personas más vulnerables, sin hogar o afectadas por desahucios.
Subvención para los propietarios
Una de las medidas previstas es la subvención a los propietarios de viviendas de la suscripción de seguros por impago del alquiler, con un límite del 5% de la cuota de la renta anual, para que tengan la garantía del cobro de la renta correspondiente y los inquilinos puedan ver aliviada temporalmente cualquier situación de dificultad económica sobrevenida.
Ayudas para los jóvenes
Respecto a los jóvenes, podrán recibir ayudas al alquiler e incluso para la adquisición de vivienda habitual y permanente en municipios de menos de 10.000 habitantes. Además, un 30% de las 100.000 viviendas con las que se pretende incrementar el parque público de vivienda estarán reservadas para ellos.
El Plan también contempla promocionar las modalidades residenciales tipo ‘cohousing’ y las intergeneracionales y poner viviendas de la SAREB y de entidades públicas a disposición de las comunidades autónomas y entidades locales para que se destinen a alquiler social.
Los Programas del Plan se estructuran en 13 apartados:
- Programa 1.- Programa de subsidiación de préstamos convenidos.
- Programa 2.- Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
- Programa 3.- Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
- Programa 4.- Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
- Programa 5.- Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
- Programa 6.- Programa de incremento del parque público de vivienda.
- Programa 7.- Programa de fomento de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad.
- Programa 8.- Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares.
- Programa 9.- Programa de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su alquiler como vivienda social.
- Programa 10.- Programa de fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas libres para su alquiler como vivienda asequible o social.
- Programa 11.- Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
- Programa 12.- Programa de ayuda a la erradicación de zonas degradadas, del chabolismo y la infravivienda.
- Programa 13.- Programa de ayuda para el pago del seguro de protección de la renta arrendaticia.
«Bono Alquiler Joven»
El Gobierno también ha regulado los requisitos para que los jóvenes de hasta 35 años puedan optar a un bono de alquiler de vivienda habitual, que incluye también el de habitaciones, y las condiciones de esta ayuda.
Los beneficiarios deberán tener ingresos anuales no superiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (24.318,84 €); la vivienda arrendada deberá tener la consideración de habitual y permanente; y pagar una renta máxima de 600 euros/mes, sin perjuicio de que pueda ascender a los 900 euros/mes en algunos supuestos acordados en la Comisión de seguimiento formada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la comunidad autónoma correspondiente.
En el caso de los alquileres de habitación, estos límites de precio serán de hasta 300 euros por habitación, un tope que podrá elevarse hasta los 450 euros si así lo establece la Comisión de seguimiento.
La ayuda será de 250 euros al mes durante dos años, cantidad que podrá ser complementada por otras ayudas reguladas en el Plan Estatal de Vivienda o que establezcan adicionalmente las comunidades autónomas. También será compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital.
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