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El 22 de febrero se aprobó finalmente por el Congreso de los Diputados la nueva Ley de Crédito Inmobiliario, que introduce importantes modificaciones en el sector de las hipotecas, en defensa del consumidor financiero, siguiendo las indicaciones de la normativa europea. Sin embargo, la Ley no entrará en vigor hasta que transcurran 3 meses desde que se publique en el BOE. Como resumen de novedades de interés, destacamos los siguientes aspectos:
  • Interés de demora. El interés de demora no puede ser superior al interés ordinario que se paga por el préstamos incrementado en 3 puntos.
  • Impuesto. Los bancos pagarán el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), los gastos del notario, del registro y de la gestaría, mientras que el cliente solo pagará los gastos de tasación y los de notario por las copias que pida de la escritura.
  • Vencimiento anticipado. Para que el banco pueda dar por vencido el préstamos y ejecutar la hipoteca el cliente tiene que haber impagado 12 cuotas o una cantidad equivalente al 3% del capital prestado, si el impago se produce en la primera mitad de la vida del préstamo. En la segunda mitad del préstamo, el umbral se eleva a 15 cuotas impagadas o el 7% del capital prestado.
  • Cláusulas suelo. Se prohíben por completo.
  • Dación en pago. El cliente solo puede exigirla si se ha pactado en la escritura.
  • Amortización anticipada. Las comisiones para hipotecas de tipo fijo bajarán a la mitad y serán del 2% durante los 10 primeros años y del 1,5% a partir de este periodo; mientras que el cliente deberá elegir el tipo de amortización a tres o cinco años cuando su hipoteca sea a tipo variable, cuyas comisiones serán del 0,25% o del 0,15%, respectivamente.
  • Seguros vinculados a la hipoteca. Se prohíbe la venta obligada de seguros vinculados a la hipoteca. Los bancos deberán ofrecer los dos presupuestos del crédito, con seguros y sin seguros.
  • Subrogación. El cliente podrá llevarse libremente su préstamo a otro banco sin costes. Entre las entidades se establecerá un mecanismo de compensación.
  • Modificaciones. El banco no podrá cobrar comisiones por renovación o modificación de las condiciones del préstamo.
  • Información previa. La banca deberá entregar al cliente toda la información de la hipoteca y advertencias de sus riesgos 10 días antes de la firma del contrato. El consumidor podrá consultar sus dudas al notario, que deberá revisar que no haya cláusulas abusivas.
  • Tasaciones. El cliente podrá elegir el tasador, que será independiente y puede ser una sociedad de tasación y también personas físicas.
Estas son las principales novedades que trae consigo la Ley de Crédito Inmobiliario. Cuando se acerque la fecha de la entrada en vigor os traeremos más información sobre las hipotecas que os pueda resultar útil a la hora de adquirir una. Y recordad no olvidar comentar y compartir vuestras dudas e inquietudes con nosotros, siempre damos respuesta!  
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