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Esta circular informativa, tiene como finalidad resumir las ayudas y medidas legales más destacables para los afectados por las inundaciones producidas por la DANA en la provincia de Valencia, el 29 de octubre de 2024.
Reclamación de indemnizaciones (Consorcio de Compensación de Seguros)
El Consorcio de Compensación de Seguros, ha puesto en marcha un sistema de reclamación de indemnizaciones para los afectados por la DANA, que tengan una póliza de seguro de hogar.
Medidas estatales por la DANA
El Estado ha adoptado una serie de medidas tributarias y de ayudas económicas para los afectados por la DANA, que podemos resumir de la siguiente forma:
- Aplazamiento del segundo pago del IRPF de 2023 hasta el 5 de febrero de 2025.
- Exención del IBI de 2024 para inmuebles dañados por la DANA, que requieran realojamiento temporal.
- Suspensión de diversos plazos administrativos y de prescripción.
- Suspensión de la obligación de pagar préstamos con y sin garantía hipotecaria.
- Ayudas económicas para paliar daños personales y materiales, exentas de IRPF:
– Hasta 72.000 euros en casos de incapacidad o fallecimiento.
– Entre 20.640 y 60.480 euros para reparación de viviendas.
– Hasta 10.320 euros para reemplazo de muebles y enseres.
– Hasta 36.896 euros para reparaciones en comunidades de vecinos.
Ayudas Autonómicas (Decreto 163/2024)
La Generalitat Valenciana, mediante el Decreto 163/2024 de 4 de noviembre, ha establecido una ayuda directa de 6.000 euros por vivienda afectada por la DANA, para la adquisición de bienes de primera necesidad. Más información aquí
Colegio Notarial de Valencia
El Colegio Notarial de Valencia ofrece un servicio gratuito de búsqueda y expedición de copias de escrituras públicas de propiedades afectadas por la DANA.
Colegio de Registradores de la Propiedad de Valencia
Se brindarán notas simples gratuitas para acreditar la titularidad vigente de los inmuebles, necesarias para solicitar ayudas y subvenciones.
Efectos de la DANA en contratos de arrendamiento y compraventa
Los contratos de arrendamientos urbanos y de compraventa de inmuebles se deben analizar caso por caso porque las situaciones que se pueden dar son muy complejas y variadas. No obstante, os facilitamos unas notas generales que os pueden servir de orientación:
Arrendamientos de propiedades afectadas por la DANA:
- Inmueble destruido: extinción del contrato de arrendamiento.
- Inmueble deteriorado: si las reparaciones de la DANA duran más de 20 días, se debe reducir la renta proporcionalmente a la parte de la vivienda o local que resulte inhabitable.
- Inmueble temporalmente inhabitable: el arrendatario puede optar por suspender el contrato o desistir del mismo sin pagar indemnización alguna al arrendador. La suspensión del contrato supondrá, hasta la finalización de las obras, la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la obligación de pago de la renta.
Compraventas antes de escriturar de propiedades afectadas por la DANA:
- Si el comprador ha hecho una oferta de compra, puede retirarla si aún no ha sido aceptada por el vendedor, evitando que se perfeccione el contrato.
- En contratos privados con entrega de arras:
– Si el inmueble se ha deteriorado por la DANA después de la firma y antes de la escritura, la reparación es de cuenta del vendedor porque tiene obligación de entregarlo en condiciones de habitabilidad. Lo que sí podrá pedir es una prórroga del plazo para escriturar.
– Si el inmueble se ha destruido por la DANA podemos encontrar en nuestro Derecho dos soluciones antagónicas por lo que la respuesta no puede ser tajante, sino que dependerá del criterio del juez:- Postura sensata: el comprador puede optar entre exigir la resolución del contrato con devolución del precio o arras.
- Postura rigurosa o estricta: el vendedor puede obligar al comprador a que compre tal y como se encuentra la vivienda porque el riesgo lo ha de asumir del comprador tras firmar el contrato privado. Además de estricta, esta postura no es práctica porque previsiblemente el comprador no tenga dinero para comprar, aunque le obligue un juez.
Para más detalles y acceso a ayudas por la DANA, se recomienda contactar con los organismos correspondientes o consultar sus páginas web. Asimismo, en nuestra sección de la DANA, podrás encontrar otra información de interés. Consúltala aquí



